Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1876-1877 (Cortes de 1876 a 1879)
Sesión: 8 de abril de 1876
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 38, 732-733
Tema: Constitución

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: ¿Para qué?

El Sr. SAGASTA: Para explicar el voto que la minoría constitucional piensa dar a la solución previa presentada por la comisión.

El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Sagasta tiene la palabra.

El Sr. SAGASTA: La minoría constitucional va a votar favorablemente la solución que como cuestión previa ha propuesto al Congreso la comisión nombrada para examinar el proyecto de Constitución; pero necesita antes explicar la significación de su voto.

La minoría constitucional ha considerado siempre, y hoy más que nunca considera vigente la Constitución de 1869; porque si unas Cortes en momentos críticos en Poder ejecutivo constituidas suspendieron algunos de sus artículos, dejando intactos los demás; si suspendieron los artículos que a la Monarquía y a sus atributos esenciales se refieren, que son precisamente los que comprende el dictamen que la comisión ha presentado, tal suspensión, semejante acuerdo no podía tener valor alguno para el partido constitucional, ni mucho menos podía producir efectos legales, toda vez que las Cortes que lo adoptaron no tenían ni derecho, ni aptitud, ni facultades para adoptarlo, y porque aunque hubieran tenido derecho, aptitud y facultades para hacerlo, no se ajustaron a los procedimientos que en tales casos y para tales asuntos son exigidos.

Pero si para el Gobierno, para la mayoría, para los que han creído que la Constitución de 1869 ya no existe, el acto ilegal de aquellas Cortes podía producir efectos legales, aunque no para nosotros, otro hecho no legal destruyó el primero, y de hecho debieron, según vuestro criterio, quedar restablecidos por el levantamiento triunfante de Sagunto los artículos de la Constitución de 1869, suspensos por otro acto ilegal.

La solución, pues, que a nuestra aprobación se propone, no puede ser considerada por la minoría constitucional más que como la legitimación del restablecimiento de aquellos artículos constitucionales, suspensos por un acto ilegal; y por esta razón y en este concepto, la minoría constitucional no ha discutido y está dispuesta a votar la solución que como cuestión previa nos propone la comisión, y que es objeto de este debate.

Pero entiéndase, Sres. Diputados, que al proceder así la minoría constitucional, no asiente en manera alguna al procedimiento de que se ha valido la comisión para traer al debate asunto tan importante. La minoría constitucional lo que hace es aprovecharse de ese procedimiento, porque él quita y destruye el único argumento en que se ha basado aquí la derogación de la Constitución de 1869, porque aun dentro de nuestro criterio nos da completa y en todo su vigor esa misma Constitución. Pero como precedente, la minoría constitucional protesta, porque no puede consentir ahora, no consentirá jamás, que por nada ni por nadie se pretenda mermar el poco ni en mucho el perfecto derecho que las Cortes tienen para discutir cuando a su deliberación, a su examen y a su aprobación se presente.

Si vosotros tenéis derecho a exigir de nosotros, monárquicos, algún sacrificio en aras de la Monarquía, nosotros tenemos a la vez el derecho de exigir también de vosotros, partidarios del sistema parlamentario, algún sacrificio en aras del Parlamento. Los monárquicos constitucionales todos, como monárquicos, tenemos el compromiso de guardar y hacer que se guarden las consideraciones debidas a la Monarquía; y como constitucionales, tenemos también el compromiso, no menos ineludible, de guardar y hacer que se guarden las consideraciones debidas al Parlamento.

Uno y otro compromiso, ambos compromisos han podido quedar perfectamente cumplidos sin más que haber respetado la legalidad vigente, única que daba resuelto este importantísimo asunto, sin cuestiones previas, sin detrimento de las prerrogativas del Parlamento y sin peligro ninguno para los altos Poderes del Estado. Y hechas estas declaraciones, y consignada esta protesta, voy a hacerme cargo de una alusión que benévolamente me ha dirigido mi antiguo compañero el Sr. Alonso Martínez.

El Sr. Alonso Martínez y yo formamos parte de un Gobierno en época en que dominaba la República; ni su señoría ni yo ocultamos nunca que éramos monárquicos; S. S. y yo aceptábamos aquella situación, porque ante todo era salvar la sociedad; la acogimos como acoge el náufrago la tabla perdida en las embravecidas olas de tormentoso mar; pero la aceptamos también con ánimo decidido, con firme propósito de ser leales a aquella forma de gobierno que se nos entregaba, y que se fiaba, más que a nuestras convicciones políticas, que eran de todos conocidas, a nuestro patriotismo como españoles y a nuestra lealtad como caballeros.

Como españoles y como caballeros estábamos resueltos a no faltar a hacer que nadie faltara a aquella forma de gobierno que se nos entregaba en depósito, y que como depósito sagrado pensábamos conservar para entregarle íntegro a las Cortes, como representación del país. Monárquicos éramos, en efecto; pero como monárquicos teníamos hecho el propósito, no sólo de defender aquella forma de gobierno, que estaba en nuestra honra conservar hasta que el país dispusiera de sus destinos como lo juzgara conveniente pro medio de su representación, sino que nos propusimos considerar como faccioso, y como faccioso tratar a todo el que, de cualquier manera y bajo cualquier bandera, contra ella atentara. Monárquicos éramos, en efecto, y a fuerza de hombres honrados teníamos adquirido el compromiso de honor de entregar el depósito que habíamos recibido [732] a la Representación nacional, para que el país decidiera libremente de su porvenir, porque queríamos que la Monarquía hubiera venido como debía venir, en bien del Monarca, en bien de las instituciones y en bien del país. [733]



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